Si tu empresa es grande local o mediana contribuyente, la fecha que te toca es el 31 de octubre de 2026. Hasta ese día todavía puedes usar los comprobantes en papel de serie B. Desde el 1 de noviembre de 2026 solo puedes emitir e-CF.
Este artículo explica qué cambia, a quién aplica, qué pasa con los talonarios que te sobren y qué conviene hacer esta semana.
Qué cambia el 1 de noviembre y a quién aplica
La DGII lo comunicó en una noticia oficial sobre la emisión exclusiva de facturas electrónicas. Según esa nota, las secuencias de comprobantes no electrónicos tipo «B» asignadas a los contribuyentes alcanzados «solo serán consideradas válidas hasta el 31 de octubre de 2026». A partir del 1 de noviembre, la emisión pasa a ser exclusiva de facturas electrónicas (e-CF tipo «E»).
El cambio aplica a los grandes locales y medianos. Si tu empresa es pequeña, micro o no clasificada, tu fecha es otra y la explicamos más abajo.
No des por hecha tu clasificación: la define la DGII, no el tamaño que creas tener. La Ley 32-23 dice en su artículo 37 que la DGII publica mediante aviso la lista de contribuyentes obligados. Si tienes dudas, pregúntale a tu contador o al centro de contacto de facturación electrónica de la DGII, (809) 689-3444, opción 4, o [email protected] (datos de contacto de las preguntas frecuentes del Facturador Gratuito).
Qué pasa con los NCF serie B que te sobren
Lo que dice la DGII es esto: después del 31 de octubre, los comprobantes serie B solo podrán usarse en contingencias declaradas, según el capítulo IX del Reglamento 587-24. Una copia del reglamento está publicada por la DGII.
La misma noticia no dice cuántos comprobantes en papel quedan disponibles ni qué hacer con los formularios que sobren. No tenemos una respuesta oficial sobre eso, así que no la inventamos. Antes del 31 de octubre, confírmalo con la DGII o con tu contador y decide con esa respuesta en mano.
Si te preguntas qué pasa cuando una empresa factura fuera del e-CF después de la fecha, revisa multas por no facturar con e-CF.
Lista de pasos para esta semana
El proceso para ser emisor electrónico tiene varias etapas, como describe la DGII en su documento sobre el proceso de certificación. Esta semana conviene avanzar en estos cinco puntos:
- Certificado digital. Los e-CF se firman digitalmente, así que sin certificado no hay factura electrónica.
- Autorización como emisor electrónico. Es el trámite con la DGII que habilita a tu empresa a emitir e-CF.
- Elegir sistema. Decide cómo va a salir tu factura: desde una herramienta aparte, desde tu sistema actual o desde un sistema de gestión. Si la venta y la factura están en lugares distintos, el riesgo es digitar dos veces.
- Pruebas. La certificación incluye pruebas con la DGII y una simulación antes de la aprobación. Reserva tiempo para corregir observaciones.
- Numeraciones e-CF. Las secuencias de e-NCF se solicitan en la Oficina Virtual, en Solicitudes → Trámites, igual que las de papel. Luego se cargan en tu sistema para cada tipo de comprobante.
Quedan menos de tres semanas para el 31 de octubre. Si todavía no empezaste, empieza hoy: cada etapa puede tener observaciones y no hay margen para esperar a la última semana.
Si eres pequeño o micro
Tu fecha es distinta. El Aviso 06-26 prorrogó el plazo de Pequeños, Micros y no clasificados hasta el 15 de noviembre de 2026, de forma automática y sin solicitud. Lo explicamos en detalle en el artículo sobre la prórroga del e-CF.
Si no estás seguro de tu grupo, confírmalo antes de planificar: un mediano que se crea pequeño pierde dos semanas que no tiene.
Cómo te ayuda Zarela
Tu empresa se certifica como emisor electrónico ante la DGII usando Zarela como su sistema de facturación. Zarela te acompaña en la postulación, las pruebas y la simulación y, una vez aprobada, emite y envía tus e-CF a la DGII.
Puedes probar Zarela con una prueba gratis de 15 días, sin tarjeta. Si quieres comparar lo que incluye cada plan, revisa planes y precios. Y si necesitas el panorama completo del proceso, la guía de facturación electrónica lo explica paso a paso.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir usando papel después del 31 de octubre de 2026?
Según la DGII, los comprobantes serie B solo podrán usarse después de esa fecha en contingencias declaradas, de acuerdo con el capítulo IX del Reglamento 587-24. Desde el 1 de noviembre, la emisión es exclusiva de facturas electrónicas para grandes locales y medianos.
¿Qué hago con los comprobantes serie B que me sobran?
La noticia de la DGII no indica qué hacer con los formularios que queden sin usar. Confírmalo con la DGII o con tu contador antes del 31 de octubre.
¿Cuánto tiempo tengo si soy pequeño o micro?
Hasta el 15 de noviembre de 2026, según el Aviso 06-26. La prórroga es automática, no hay que solicitarla.
¿Zarela puede emitir e-CF antes de que la DGII apruebe mi empresa?
No. Primero tu empresa se certifica como emisor electrónico ante la DGII. Una vez aprobada, Zarela emite y envía sus e-CF.
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Leer recursoFuentes y referencias
- DGII: emisión exclusiva de facturas electrónicas para grandes locales y medianos desde noviembre
- Ley 32-23 de Facturación Electrónica (DGII)
- Preguntas frecuentes del Facturador Gratuito, con el contacto de facturación electrónica (DGII)
- Decreto 587-24, Reglamento de la Ley 32-23 (DGII)
- Aviso 06-26, prórroga para Pequeños, Micros y no clasificados (DGII)
- Proceso de certificación para ser emisor electrónico (DGII)
- ¿Puedo solicitar una extensión del plazo para implementar facturación electrónica? (Ayuda DGII)
